Sustancias Controladas por el Protocolo de Montreal

El Servicio Nacional de Aduanas es parte de los esfuerzos de Chile y el mundo por resguardar el medio ambiente y en específico regular la producción consumo y comercio de sustancias que dañan la capa de ozono y/o sustancias que aportan al calentamiento global.

El Protocolo de Montreal, del cual Chile es parte, tiene por objetivo reducir y eliminar el consumo de Sustancias Agotadoras de la Aapa de Ozono (SAOs) y Hidrofluorocarbono (HFC), regulando su producción, consumo y comercio.

Por lo anterior, se establecieron metas anuales de consumo de sustancias que agotan la capa de ozono y sus volúmenes máximos de importación, como también las directrices generales para distribuir los volúmenes máximos individuales de importación, señaladas en el Decreto N° 03, de 2019 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia.

Cada año, el Servicio Nacional de Aduanas convocará al proceso de distribución y asignación de volúmenes máximos individuales de importación, en el que se indicará el volumen máximo de importación total disponible para distribuir en el país, de sustancias agotadoras de la capa de ozono.

Para tener derecho a participar en el proceso de distribución y asignación de volúmenes máximos individuales de importación y/o en la audiencia de asignación de los remanentes de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, los importadores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Importadores y Exportadores de Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del Apéndice X del Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras.

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