Compendio de Normas. Anexo 80

SOLICITUD DE PAGO DE DERECHOS Y CERTIFICADO DE DESAFECTACIÓN
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A. Solicitud presencial

DISTRIBUCIÓN

ORIGINAL REGISTRO NACIONAL DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

1ª. COPIA INTERESADO

2ª. COPIA ARCHIVO ADUANA

1. ADUANA:

Señale el nombre y código de la Aduana, en la que se presenta la Solicitud, conforme al Anexo 51-1.

2. Nº PRESENTACIÓN:

Señale el número de aceptación correspondiente, conforme al Registro de Solicitudes de Pago de Derechos. Este número simple se iniciará con el 00001, al comenzar cada año.

3. FECHA:

Se deberá señalar la fecha de recepción de la Solicitud.

4. DATOS DEL BENEFICIARIO:

Señale todos los datos requeridos en el recuadro.

5. DATOS DEL MANDATARIO:

Señale todos los datos requeridos en este recuadro, si actúa con Poder Notarial.

6. IDENTIFICACIÓN DEL VEHÍCULO MOTORIZADO:

Señalar todos los datos correspondientes al vehículo motorizado.

7. DATOS DE LA IMPORTACIÓN DEL VEHÍCULO:

- Señale el Número de la Declaración de Ingreso, con la que obtuvo la franquicia.

- Indique la fecha de aceptación de la respectiva Declaración de Ingreso.

- Señale la Aduana en que se presentó la Declaración de Ingreso.

- Señale el número y fecha de la Resolución con la que se concedió la franquicia, si correspondiere.

8. FIRMA DEL INTERESADO O MANDATARIO:

Firma del solicitante o mandatario, acto que deberá realizarse en el momento de presentación de la solicitud, ante el funcionario encargado de su recepción, cuando esta es presentada por un particular.

OBSERVACIONES:

La Solicitud de Pago de Derechos, deberá presentarse con los siguientes documentos:

- Copia o fotocopia legalizada del documento de importación.

- Copia de la Resolución Liberatoria o Formulario de Liberación.

- Factura del vehículo o copia legalizada ante Notario.

- Poder Notarial, si actúa como mandatario.

9. DETERMINACIÓN DE GRAVÁMENES DE DESAFECTACIÓN:

- Se deberán determinar los porcentajes de los derechos Ad valórem e IVA vigentes a la fecha de presentación de la solicitud.

- Se deberán señalar los valores cancelados por concepto de derechos ad valórem e IVA, y los impuestos adicionales si hubieren correspondido en la declaración de ingreso.

- Se deberán establecer las diferencias de derechos aduaneros e impuestos internos.

- Deberá determinarse el porcentaje de rebaja, conforme a lo establecido en la Ley 19.633, de 1999.

- Deberá señalarse en valor aduanero actual, conforme a lo dispuesto en la Ley 19.633, de 1999.

- Señalar el total a pagar, conforme a las diferencias establecidas.

- Señalar la fecha en que se efectuó la determinación de la diferencia de derechos a cancelar.

- Nombre y firma del funcionario que realizó la liquidación de la diferencia de derechos.

- NOTAS:

1. Una vez efectuada la determinación de la diferencia de derechos que debe cancelarse, la Unidad que corresponda deberá emitir el Giro Comprobante de Pago F-09, el que deberá ser notificado al interesado mediante el Estado Diario.

2. Si durante la tramitación de la desafectación, se detectare alguna irre-gularidad en el otorgamiento de la desafectación, se suspenderá el trámite y se remitirán los antecedentes al Tribunal Aduanero correspondiente.

10. PRESENTACIÓN DE EJEMPLAR DE GIRO CANCELADO:

Una vez cancelados los derechos, el interesado deberá presentar un ejemplar del Giro con la constancia de pago por parte de alguna institución bancaria.

- El funcionario de aduana encargado de la tramitación de estas solicitudes, deberá señalar en dicho documento los siguientes datos:

A) Número y fecha del Giro cancelado.

B) Los Tributos que haya cancelado.

C) Fecha efectiva del pago de los gravámenes.

D) Impuestos que no se cancelaron. Puesto que, conforme a la Ley 19.633/99, el IVA debe ser girado por el S.I.I. en el momento de la transferencia del vehículo.

11. Nº CERTIFICADO

El número a consignar en el Certificado, corresponderá a un número compuesto con una longitud de diez (10) caracteres, el que estará compuesto de acuerdo a las siguientes instrucciones:

Los dos primeros caracteres considerarán el Código de la Aduana; los tres siguientes caracteres corresponderán al Código del Agente de Aduana o un particular que tramite en forma directa; y los cinco caracteres restantes corresponderá al número correlativo del Registro de Solicitud de Pago de Derechos que deberá iniciarse una vez que sean publicadas las presentes instrucciones.

Para los efectos anteriores, la letra que compone el código del Agente o del par-ticular, según sea el caso, deberá ser convertida a número de acuerdo a la siguiente tabla:

LETRA CÓDIGO LETRA   CÓDIGO LETRA CÓDIGO
A 1 G 5 T 9
B 2 I 6 Z 0
C 3 K 7
F 4 L 8

Ejemplo:

a) Si el trámite lo realiza un particular en la Aduana de Talcahuano, y al Certificado le corresponde el número correlativo 00027, el Certificado debería tener el siguiente número de Identificación: 5509900027.

b) Si el trámite lo realizara el despachador con el Código A-16, en la Aduana de Coquimbo, y al Certificado le corresponde el número correlativo 00456, el Certificado debería tener el siguiente número de identificación: 2511600456.

El registro numérico del Certificado será correlativo y único, se iniciará con el número 1 (uno), -XXXXX00001-, a contar del día uno del mes subsiguiente a la publicación del extracto de la Resolución en el Diario Oficial, y será indefinido, aún por cambio de año. Deberá usarse el mismo correlativo, sean Certificados con o sin pago de derechos.

12. FECHA:

Se deberá estampar la fecha de emisión del Certificado.

13. DISPOSICIÓN LEGAL:

Se deberá consignar la disposición legal por la que se concedió la franquicia inicialmente.

14. NOMBRE, TIMBRE Y FIRMA DEL JEFE DEPTO. PROCESOS ADUANEROS.

15. NOMBRE, TIMBRE Y FIRMA DEL DIRECTOR REGIONAL O ADMOR. DE ADUANA.


OBSERVACIONES:

Al solicitante deberá entregársele la Original y 1ª. Copia de la Solicitud.


INSTRUCCIONES GENERALES:

a) Corresponderá emitir este documento también, en los casos que se deba certificar la Libre Disposición, sin pago de derechos, específicamente tratándose de aquellos casos, en que la mercancía quede a libre disposición del titular por el solo ministerio de la Ley, es decir, por cumplimiento del plazo de restricción impuesta en la Ley por la que se otorgó la franquicia o por aplicación del inc. 2º de la Nota Legal Nacional Nº 3 de la Sección 0 del Arancel Aduanero, cuando no reste base imponible para la aplicación de los derechos.

Para este efecto, se deberá adjuntar:

- Copia de la Declaración de Ingreso o D.I.P.S.

- Copia de Resolución de Liberación.

- Fotocopia de Cédula de Identidad, por ambos lados.

- Certificado de vigencia, con una antigüedad no mayor de 10 días, otorgado por el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.

b) Cuando la tramitación de la Solicitud sea requerida por el titular o por un mandatario, el formulario deberá ser llenado por el funcionario de Aduana que se designe para la emisión de estos Certificados.

B. Solicitud electrónica

El formulario electrónico debe ser llenado por el solicitante según las siguientes instrucciones de llenado: 

Información General: 

Aduana Presentación: Señale el nombre de la Aduana, correspondiente a la Dirección Regional o Administración de Aduana que tenga jurisdicción en el domicilio del beneficiario. 

Fecha de Presentación: Fecha en la que se realiza la presentación electrónica. 

Tipo Solicitante: Seleccione “Beneficiario” en caso que el solicitante sea el beneficiario de la franquicia o bien Tercero, cuando el solicitante representa al beneficiario por medio de escritura pública o instrumento privado suscrito ante notario. 

Información del Beneficiario: 

Señale todos los datos del requeridos del beneficiario, entre los cuales se encuentra el correo electrónico el que será considerado como medio formal de notificación. 

Información del Mandatario: 

Señale todos los datos requeridos si actúa por medio de escritura pública o instrumento privado suscrito ante notario, entre los cuales se encuentra el correo electrónico el que será considerado como medio formal de notificación. 

Información del Vehículo: 

Señale los datos requeridos correspondientes al vehículo que quiere desafectar. 

Datos de la importación del Vehículo: 

Declaración de Ingreso N°: Señale el número de la Declaración de Ingreso con la que obtuvo la franquicia. 

Fecha Declaración: Indique la fecha de aceptación de la respectiva Declaración de Ingreso. 

Aduana: Seleccione la Aduana en que se presentó la Declaración de Ingreso. 

Franquicia: Seleccione la franquicia a la cual se acogió para importar el vehículo. 

Resolución Liberatoria N°: Señale el número de la resolución con la que se concedió la franquicia 

Fecha Resolución Liberatoria: Señale la fecha de la resolución con la que se concedió la franquicia. 

Documentos Adjuntos: 

Deberá adjuntar la documentación solicitada según el tipo de franquicia. 

Declaración: 

Deberá marcar el recuadro que señala “Declaro bajo juramente que la información y antecedentes proporcionados son fidedignos y que respecto del vehículo no se ha incoado causa en ningún tribunal aduanero del país, por lo tanto asumo la responsabilidad de su veracidad.

Resolución Nº 1.430 - 19.04.2001

Resolución Exenta N° 3118 - 29.11.2022

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